Agua para la industria alimenticia según el Código Alimentario Argentino
La industria de alimentos debe usar agua que cumpla los parámetros del artículo 982 del Código Alimentario Argentino. El camino es siempre el mismo: análisis, diseño del tratamiento y verificación.
Parámetros que se controlan con más frecuencia
| Parámetro | Valor de referencia del art. 982 |
|---|---|
| pH | 6,5 a 8,5 |
| Turbiedad | Máximo 3 NTU |
| Dureza total | Máximo 400 mg/l de CaCO₃ |
| Sólidos disueltos totales | Máximo 1.500 mg/l |
| Hierro | Máximo 0,30 mg/l |
| Manganeso | Máximo 0,10 mg/l |
| Nitratos | Máximo 45 mg/l |
| Nitritos | Máximo 0,10 mg/l |
| Cloro residual (agua de red) | Mínimo 0,2 mg/l |
Valores de referencia. Verificá el texto vigente del art. 982 y los requisitos de tu jurisdicción. El artículo incluye además parámetros bacteriológicos y otros compuestos.
Cómo se diseña el tratamiento
- Análisis fisicoquímico y bacteriológico del agua disponible
- Comparación con el art. 982 y con los requisitos del proceso
- Tren de tratamiento: cloración controlada, filtración, ablandamiento u ósmosis inversa según el caso
- Registro del cloro residual y análisis periódicos para las auditorías
Errores frecuentes
- Instalar una ósmosis inversa sin pretratamiento: se tapan las membranas
- Dosificar cloro a mano: la concentración varía con el consumo
- No registrar los controles que piden las auditorías
Fuente: Código Alimentario Argentino, capítulo XII, art. 982. Esta guía es informativa; el tratamiento se define con un análisis del agua.
Preguntas frecuentes
¿Qué análisis necesito?
Un fisicoquímico completo y uno bacteriológico, tomados según las indicaciones del laboratorio.
¿Ustedes hacen el análisis?
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